Acoso laboral

Se define como acoso laboral o mobbing (del inglés acosar/hostigar) a todo tipo de acciones que afecten, ofendiendo o bien humillando al trabajador de manera reiterada en el ambiente de trabajo. En estos casos el hostigador realiza acciones que generan miedo en el trabajador y sensación de hostilidad en el lugar de trabajo.

denuncia mobing laboral madrid

Un trabajador que está sometido a acoso laboral, es víctima de una violencia psicológica injustificada, tanto por parte de sus superiores, pares o subalternos. Esta situación se extiende a lo largo del tiempo de manera recurrente y sistemática.

¿Cuándo se considera acoso laboral?

Para que la situación sea considerada en efecto acoso laboral deben existir ciertos puntos. Uno de ellos, es que la violencia ejercida debe darse al menos una vez a la semana y por más de 6 meses.

Deben existir dos partes en el asunto, la parte acosadora y la acosada o víctima. Las conductas acosadoras apuntan a impedir el desarrollo de las tareas de la víctima, destruir su reputación o bien conseguir el abandono del lugar de trabajo.

 

El acoso laboral tiene varias etapas, desde que comienza el conflicto hasta que o bien la persona es excluida de su puesto laboral o marginada en el mismo.

En todo caso, el acoso laboral acaba generando perturbaciones psicológicas, sociales e incluso físicas en la víctima. Por ello esta es una problemática considerada de salud pública.

¿Cuáles son las modalidades y consecuencias del acoso laboral?

Entre las principales modalidades del acoso laboral podemos encontrar las siguientes:

  • Asignar trabajos con plazos o tareas imposibles de cumplir.
  • Gritar o insultar a la víctima en presencia de otros o en privado.
  • Amenazar de manera continua.
  • Modificar sin aviso las condiciones laborales.
  • Sobrecargar de trabajo a la víctima.
  • Trato diferencial o discriminatorio, este punto incluye también ignorar o “hacer el vacío”.
  • Infravalorar a la víctima o no reconocer en absoluto su trabajo.
  • Difamar a la víctima.
  • Invadir la privacidad.
  • Castigos injustificados.

Respecto a las consecuencias principales de esta situación, las principales son:

  • Desvalorización personal.
  • Somatización, es decir, la aparición de síntomas o enfermedades a causa del malestar psicológico.
  • Inseguridad o sensación de haber hecho algo mal.
  •  
  • Bajas o ausencias laborales, estas son luego utilizadas por el acosador en su favor.
  • Ansiedad, insomnio, estrés, fatiga y traslado de los problemas a la vida personal de la víctima.

¿Qué dice el código penal español del acoso laboral?

El código penal español considera a estos casos un delito, esto lo manifiesta con las siguientes palabras:

 

“1. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima.”

 

(…)

Artículo 173.1 del Código Penal

¿Cómo puedo denunciar un caso de acoso laboral?

Es importante que si te ves en medio de un caso de mobbing, actúes de manera correcta para preservar la integridad de tus derechos, y tu puesto de trabajo.

 

Dentro de las informaciones disponibles, puedes informar la situación al Comité de Seguridad y Salud de la empresa. Si el acoso es por parte de un par, informar al representante gremial. Además, puedes presentar una denuncia en la Inspección de Trabajo o realizar una denuncia formal ante los tribunales correspondientes.

 

Antes de tomar cualquiera de estas acciones, es importante que obtengas pruebas al respecto, estas pueden ser tanto testigos de la situación, mensajes, llamadas grabadas o informes psicológicos.

 

De cualquier modo, puedes asesorarte con un abogado de confianza antes de dar el primer paso para resolver tu situación.

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