Impugnar alta médica

Sucede, en ocasiones, ante una licencia médica, que el trabajador recibe el alta pero no está de acuerdo, ya que o bien, existen aún alternativas terapéuticas sin realizar o todavía no se siente apto físicamente para cumplir con sus actividades laborales. Cualquiera sea tu caso, si te preguntas cuál es la manera correcta de impugnar un alta médica, a continuación te contaremos cuáles son los pasos a seguir y las condiciones para hacerlo.

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Existen a nivel legal dos tipos de bajas médicas, las menores a 365 días y las superiores a 365 días. Te detallaremos como hacerlo en cada caso:

¿Cómo impugnar un alta médica en una baja de menos de 1 año?

1- Primero que nada, necesitas saber que dispones de un total de 10 días de corrido para efectuar la impugnación a partir de que recibes el alta médica.

 

2- Debes presentar un escrito de impugnación en una oficina del INSS. Para realizar la impugnación correctamente, la INSS provee de un modelo, ademas cabe destacar que en impugnación deben detallarse los motivos por los cuales el trabajador considera que su alta médica no es correcta.

 

3- Ya habiendo presentado la impugnación, se entra en un periodo de prórroga de la baja médica hasta que se resuelva el dictamen al respecto. Esta resolución cuenta con un plazo máximo de 15 para ser emitida por el Director Provincial del INSS.

 

4- Si el dictamen confirma el alta médica, el trabajador cuenta con un plazo de 11 días corridos desde ser notificado para reclamar en contra de este. Este reclamo tiene para resolverse un total de 7 días. De no ser respondido es considerado descartado por silencio administrativo.

 

5- Si tras cumplir con el paso anterior, se ratifica el alta médica, el trabajador tiene únicamente la vía judicial para continuar con su reclamo de desacuerdo con el alta. Para iniciar la demanda legal existe un plazo de 20 días desde la finalización de la reclamación previa.

¿Cómo impugnar un alta médica en una baja de más de 1 año?

1- En este caso el trabajador cuenta con un plazo de 4 días hábiles desde recibir el alta médica. El primer paso es presentar un escrito de manifestación de disconformidad en una oficina del INSS. Durante el proceso de este trámite la baja médica se considera prorrogada.

 

2- La disconformidad es trasladada al Servicio Público de Salud, en este punto existen dos alternativas. El Servicio Público de Salud puede determinar que el trabajador debe continuar con su baja médica, la entidad cuenta con 7 días para dar su respuesta al INSS. El mismo INSS cuenta ahora con 7 días para o bien confirmar el alta médica, o declarar la prórroga de la baja. La otra alternativa es que el Servicio Público de Salud confirme el alta médica. Si sucede esto último, el trabajador cuenta con 20 días para presentar una demanda a partir del alta o desde que se cumpla el silencio administrativo a los 11 días de la presentación de su disconformidad ante el Servicio Público de Salud.

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3- De tratarse de una enfermedad crónica o una patología de larga duración, se puede iniciar un proceso legal para declarar la Incapacidad Permanente. Esto se hace rellenando la solicitud de incapacidad permanente en una oficina del INSS, o bien si esta es rechazada, hacerlo con la ayuda de un abogado profesional.

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